CESE DE LA COMISION EJECUTORA HONORARIA DE VIVIENDAS C.E.V. - ADJUDICACION DE VIVIENDAS PARA FAMILIAS DESALOJADAS




Promulgación: 12/06/1996
Publicación: 25/06/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 1216
  Visto: La Comisión Ejecutora Honoraria de Viviendas (C.E.V.), creada por
Decreto Nº 310/989 de 3 de julio de 1989;

  Resultando: I) que la referida norma cometió a dicha Comisión Ejecutora
Honoraria de Viviendas (C.E.V.), el estudio y la ejecución de soluciones
de vivienda para ocupantes de los ex-hoteles "Juncal", "Alhambra" y
"Colón";

II) que por Decreto Nº 191/990 de 25 de abril de 1990, se ampliaron los
cometidos de la citada Comisión encomendándole el estudio y ejecución de
soluciones de vivienda para ocupantes precarios de diversos inmuebles
públicos y privados e integrantes de asentamientos marginales;

III) que por Ley Nº 16.153 de 23 de octubre de 1990 se asignó a la misma
Comisión, la construcción de viviendas para las familias desalojadas con
motivo de la ejecución de la obra "Edificio Anexo del Poder Legislativo";

IV) que en el marco de las normas premencionadas se construyeron 591
viviendas, además de guarderías, incluyendo la infraestructura de redes
eléctricas, agua corriente y vialidad;

  Considerando: I) que la Comisión Ejecutora Honoraria de Viviendas
(C.E.V.), ha culminado la ejecución de los cometidos asignados
contemplando todos los aspectos requeridos en tan compleja problemática;

II) que en consecuencia, la misma debe cesar en sus funciones;

  Atento: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 16.153 de 23 de
octubre de 1990 y en los Decretos Nos. 310/989 de 3 de julio de 1989 y
191/990 de 25 de abril de 1990;

                    El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Cese en sus funciones la Comisión Ejecutora Honoraria de Viviendas
(C.E.V.), agradeciéndose a los miembros integrantes de la misma los
importantes servicios prestados.

SANGUINETTI - JUAN CHIRUCHI - LUIS MOSCA - FEDERICO SLINGER
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