Reglamentario/a de: Ley Fundamental Nº 2 de 07/06/1982.
DISPOSICIONES PERMANENTES
Artículo 5
El interesado en afiliarse a un partido deberá suscribir una
solicitud en formulario triplicado que le proporcionará el partido y que
deberá ajustarse a las exigencias que sobre el particular establezca la
Corte Electoral.
Dicho formulario deberá contener:
a) Nombres y apellidos completos;
b) Domicilio;
c) Fecha y lugar de nacimiento;
d) Estado civil;
e) Profesión u ocupación;
f) Número de Cédula de Identidad y departamento donde fue expedida;
g) Serie y número de la Credencial Cívica;
h) Firma usual,
En todos los casos deberá entregarse al interesado un comprobante de
presentación de su solicitud. (*)