FIJACION DE MONTOS PARA CERTIFICADOS DE HABILITACION POLICIAL, DOCUMENTOS Y MULTAS. JEFATURAS DE POLICIA




Promulgación: 11/06/1985
Publicación: 23/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
   Visto: la gestión efectuada por la Jefatura de Policía de Montevideo, 
a fin de que se actualice el monto de los valores que la misma percibe
por expedición de "Certificados de Habilitación Policial", documentos y 
multas aplicadas por incumplimiento del decreto 529/979, de 25 de 
setiembre de 1979.

   Considerando: que el ajuste propuesto se encuentra dentro de los 
límites previstos por el artículo 2°, inciso 2° del decreto-ley 15.046, 
de 5 de agosto de 1980, estimándose oportuno proceder a su 
actualización, ya que los valores que rigen al momento datan de febrero 
de 1981 y febrero de 1982, respectivamente (decretos 69/981, de 18
febrero 1981 y 56/982, de 16 de febrero de 1982).

   Atento: a lo preceptuado por el artículo 2° del decreto-ley 15.046 ya 
citado y a lo informado por la Contaduría Central del Ministerio del 
Interior,

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:                

Artículo 1

   Actualízase el valor de los "Certificados de Habilitación Policial", 
en la forma que a continuación se establece:

a)  Trámite común .........40,00 (nuevos pesos cuarenta).
b)  Trámite urgente .......70,00 (nuevos pesos setenta).

SANGUINETTI - CARLOS MANINI RIOS - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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