REGIMEN DE LIQUIDACION IMPUESTO A LA RENTA DE LOS NO RESIDENTES. COMPRA DE METALES PRECIOSOS




Promulgación: 19/05/2009
Publicación: 26/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1218

Artículo 3

 Los  sujetos pasivos responsables del Impuesto a las Rentas de los No
Residentes deberán retener el 1,2% (uno con dos por ciento) del total del
monto pagado o acreditado a no residentes por la compra de metales
preciosos, y verterán el impuesto al mes siguiente de la correspondiente
operación.
Ayuda