REGIMEN DE LIQUIDACION IMPUESTO A LA RENTA DE LOS NO RESIDENTES. COMPRA DE METALES PRECIOSOS




Promulgación: 19/05/2009
Publicación: 26/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1218

Artículo 4

 Los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de los No Residentes,
incluidos en el artículo 1º, podrán darle carácter definitivo a las
retenciones efectuadas, quedando liberados, exclusivamente por las rentas
que hubieran sido objeto de retención, de la obligación de practicar la
liquidación y presentar la correspondiente declaración jurada.
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