RETENCION DEL IVA A LAS ADQUISICIONES QUE REALICEN LAS EMPRESAS FORESTALES




Promulgación: 19/05/2009
Publicación: 26/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1221
VISTO: la facultad otorgada al Poder Ejecutivo para designar agentes de
retención por el artículo 17 del Título 1 del Texto Ordenado 1996.

RESULTANDO: que el decreto Nº 786/008 de 22 de diciembre de 2008
estableció, en ejercicio de la referida facultad, un régimen de retención
del Impuesto al Valor Agregado aplicable a las adquisiciones realizadas
por las empresas forestales;

CONSIDERANDO: adecuar el referido régimen, precisando el universo de
actividades objeto de retención, así como otros aspectos operativos del
mismo;

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Régimen de retención.- Establécese un régimen de retención del Impuesto
al Valor Agregado correspondiente a las adquisiciones que las empresas
forestales realicen de los siguientes bienes y servicios:

Preparación de suelos, aplicación de específicos (fertilizantes,
herbicidas e insecticidas), manejo de plagas, producción y plantación de
plantines, podas, raleos, mediciones, cosecha (corte, picado y
descortezado), extracción y transporte, así como supervisión de las
actividades referidas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 6.

TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA
Ayuda