VISTO: las actuaciones por las cuales el Comando General del Ejército
solicita la sustitución del artículo 4to. del Decreto 461/997 de fecha 9
de diciembre de 1997.-
RESULTANDO: que por el artículo 4to. del precitado Decreto se creó el
Comando de la Artillería de Ejército, con la misión de comandar a los
Grupos de Artillería 155 mm Nro. 5 y de Artillería Antiaérea Nro. 1, los
que pasaron a integrar la Reserva General a órdenes del Comandante en
Jefe del Ejército.-
CONSIDERANDO: I) que con fecha 1ro. de julio de 1998, el Agrupamiento de
Artillería Autopropulsado 122 mm se integró al Comando de la Artillería
de Ejército, concentrando los medios mecanizados y autopropulsados de
apoyo de fuegos (de tubo y de cohetes).-
II) que el Agrupamiento mencionado reúne las características propias de
una Unidad de Apoyo de fuegos formando Cuerpo, diferenciándose netamente
de una estructura de Comando y Estado Mayor.-
III) que la reorganización de referencia no incrementa las asignaciones
presupuestarias ni sus dotaciones de personal.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General del Ejército, a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado por el numeral 3) del
artículo 16 de la Reglamentación de la Organización del Ejército
Nacional, aprobada por el artículo 1ro. del Decreto 571/973 de fecha 17
de julio de 1973.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
DECRETA: