Estos registros serán microfilmados de acuerdo a lo previsto por el
artículo 688 de la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973 y decreto 253/976,
de 6 de mayo de 1976.
En cada rollo o microficha de una misma secuencia, a continuación del
acta de apertura que dispone el artículo 6º del decreto 253/976, de 6 de
mayo de 1976, se incluirá la carátula visada por la Inspección General de
Hacienda.