Visto: el proyecto de Reestructura y Racionalización Administrativa del
Inciso I Poder Legislativo elevado a consideración del Poder Ejecutivo.
Resultando: I) Que el indicado Inciso envió en plazo el Proyecto de
Reestructura de sus Servicios;
II) Que la Comisión a que se refiere el artículo 2º de la ley 14.800
aconsejó al Ministro de Economía y Finanzas y al Secretario de SEPLACODI
su aprobación por el Poder Ejecutivo.
Considerando: que el Proyecto de referencia no produce lesión de derechos funcionales y la partida utilizada no supere el tope legal.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 2º de la ley 14.800 de 20 de junio
de 1978,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la Reestructura Presupuestal y Racionalización Administrativa del Inciso 1, Poder Legislativo, creándose en sustitución de los actuales Programas que se suprimen, los siguientes:
1.01 - Consejo de Estado.
1.02 - Dirección General de los Servicios Administrativos.
Los cargos presupuestales de los referidos Programas pasarán a ser los
siguientes:
Programa 1.01: Consejo de Estado.
Unidad Ejecutora: Consejo de Estado
Nº
Cargos Denominación Esc. Grado
---------------------------------------------------------------
25 Consejero.......................... Cj
5 Consejero Suplente................. Cj
2 Secretario......................... Ab
Programa 1.02: Dirección General de los Servicios Administrativos.
Unidad Ejecutora: Dirección General de los Servicios Administrativos.
Nº
Cargos Denominación Escalafón Grado
---------------------------------------------------------------
1 Asesor I Contador (Al vacar AaA E2
Asesor II Contador)................ AaA E3
1 Asesor II Médico................... AaA E2
1 Asesor II Abogado.................. AaA E2
1 Asesor II Arquitecto............... AaA E2
2 Asesor IV Médico (1 cargo al vacar
Asesor V Médico AaA 5)............. AaA 6
1 Asesor IV Abogado.................. AaA 6
1 Asesor IV Contador................. AaA 6
1 Asesor IV Arquitecto............... AaA 6
3 Asesor V Médico.................... AaA 5
3 Asesor V Abogado................... AaA 5
1 Asesor V Escribano................. AaA 5
1 Jefe de División Radiotécnico...... AaB E2
2 Jefe de Departamento Radiotécnico.. AaB E1
5 Jefe de Sección Radiotécnico....... AaB 5
1 Técnico I Nurse.................... AaB 4
4 Técnico Ayudante III Radiotécnico.. AaB 2
2 Técnico Ayudante III Asistente
Médico............................. AaB 2
5 Director........................... Ab E7
9 Subdirector........................ Ab E5
33 Jefe de División (13 cargos se
suprimen al vacar)................. Ab E3
39 Jefe de Departamento (4 cargos se
suprimen al vacar)................. Ab E1
59 Jefe de Sección.................... Ab 12
60 Administrativo I................... Ab 10
55 Administrativo II.................. Ab 9
56 Administrativo III................. Ab 8
60 Administrativo IV (4 cargos se
suprimen al vacar)................. Ab 7
43 Administrativo V................... Ab 6
2 Jefe de División................... AcB E3
3 Jefe de Departamento Imprenta...... AcB E1
6 Jefe de Sección Imprenta........... AcB 12
6 Oficial I Imprenta................. AcB 10
9 Oficial II Imprenta................ AcB 9
9 Oficial III Imprenta............... AcB 8
9 Oficial IV Imprenta................ AcB 7
10 Oficial V Imprenta................. AcB 6
1 Jefe de Departamento Restauración.. AcB E1
1 Jefe de Sección Restauración....... AcB 12
2 Oficial II Restauración............ AcB 9
2 Oficial III Restauración........... AcB 8
1 Oficial IV Restauración............ AcB 7
1 Jefe de Departamento Oficios....... AcB E1
3 Jefe de Sección Oficios............ AcB 12
10 Oficial I Oficios.................. AcB 10
2 Oficial III Oficios................ AcB 8
55 Oficial IV Oficios................. AcB 7
5 Oficial V Oficios.................. AcB 6
5 Oficial VI Oficios................. AcB 5
1 Director Taquigrafía............... AcC E5
2 Subdirector Taquigrafía (1 cargo se
suprime al vacar).................. AcC E3
6 Especialista I Taquigrafía......... AcC E1
23 Especialista II Taquigrafía........ AcC 12
13 Especialista III Taquigrafía
(1 cargo se suprime al vacar)...... AcC 10
6 Especialista IV Taquigrafía
(2 cargos se suprimen al vacar).... AcC 9
1 Jefe de Sección Guía............... AcC 12
3 Especialista IV Guía............... AcC 9
3 Especialista V Guía................ AcC 8
3 Especialista VI Guía............... AcC 7
3 Jefe de División (1 cargo
suprime al vacar).................. Ad E6
6 Jefe de Departamento (1 cargo se
suprime al vacar).................. Ad E5
6 Jefe de Sección.................... Ad E4
3 Subjefe de Sección (3 cargos se
suprimen al vacar)................. Ad E3
31 Encargado I Intendencia (3 cargos
se suprimen al vacar).............. Ad E2
2 Encargado I Servicios.............. Ad E2
4 Encargado I Vigilancia............. Ad E2
2 Encargado I Telefonista............ Ad E2
5 Encargado II Intendencia........... Ad E1
21 Auxiliar I Intendencia............. Ad 7
5 Auxiliar I Vigilancia.............. Ad 7
2 Auxiliar I Servicios............... Ad 7
24 Auxiliar II Intendencia (2 cargos
se suprimen al vacar).............. Ad 6
5 Auxiliar II Vigilancia............. Ad 6
3 Auxiliar II Telefonista............ Ad 6
15 Auxiliar II Servicios.............. Ad 6
29 Auxiliar III Intendencia (5 cargos
se suprimen al vacar).............. Ad 5
3 Auxiliar III Vigilancia............ Ad 5
2 Auxiliar III Telefonista........... Ad 5
16 Auxiliar III Servicios............. Ad 5
4 Auxiliar IV Intendencia............ Ad 4
2 Auxiliar IV Telefonista............ Ad 4
20 Auxiliar IV Servicios.............. Ad 4
3 Auxiliar IV Vigilancia............. Ad 4
5 Oficial V Oficio................... AcB 6
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Las asignaciones de los cargos aprobados en esta Reestructura, serán
determinadas por la Contaduría General de la Nación en función de las
retribuciones que correspondan a la fecha de su vigencia.
La aplicación de lo dispuesto precedentemente no puede significar
disminución de las actuales remuneraciones de los funcionarios de las
citadas Unidades Ejecutoras.
La presente reestructura tendrá vigencia desde el día 1º de abril de
1979, debiéndose efectuar las regularizaciones a que ella obligue, dentro
de los sesenta días a contar desde su vigencia.
Tales regularizaciones regirán desde la fecha de vigencia de la
Reestructura.
La planilla de cargos, que forma parte de esta Reestructura será
ajustada al padrón existente a la fecha de vigencia de la misma de acuerdo
con las supresiones de cargos operadas por pase a disponibilidad simple y
por redistribución, así como por incorporaciones de cargos.
La Contaduría General de la Nación, según los antecedentes adjuntos, ajustará los créditos presupuestales del Rubro 0, necesarios para la aplicación de la presente reestructura.
Dentro de los ciento ochenta días de publicado el presente Decreto, las
Unidades Ejecutoras deberán presentar el nuevo Reglamento Orgánico
Funcional de sus dependencias y el Manual de descripción de cargos, los
que serán aprobados por la autoridad competente, previo informe favorable
de la Dirección Nacional de la Función Pública.