Visto: el proyecto de Reestructura y Racionalización Administrativa del
Inciso I Poder Legislativo elevado a consideración del Poder Ejecutivo.
Resultando: I) Que el indicado Inciso envió en plazo el Proyecto de
Reestructura de sus Servicios;
II) Que la Comisión a que se refiere el artículo 2º de la ley 14.800
aconsejó al Ministro de Economía y Finanzas y al Secretario de SEPLACODI
su aprobación por el Poder Ejecutivo.
Considerando: que el Proyecto de referencia no produce lesión de derechos funcionales y la partida utilizada no supere el tope legal.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 2º de la ley 14.800 de 20 de junio
de 1978,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la Reestructura Presupuestal y Racionalización Administrativa del Inciso 1, Poder Legislativo, creándose en sustitución de los actuales Programas que se suprimen, los siguientes:
1.01 - Consejo de Estado.
1.02 - Dirección General de los Servicios Administrativos.