VISTO: lo dispuesto por el artículo 14º del Decreto Nº 90/2000, de 3 de
marzo de 2000, por el que se disponen normas relativas al abatimiento del
gasto en la Administración Central.-
RESULTANDO: que el citado artículo 14º, cometió al Ministerio de Economía
y Finanzas la elaboración de normas que propendan a la adquisición y uso
de los recursos materiales y servicios de los Incisos 02 al 14 del
Presupuesto Nacional, en términos de mayor eficiencia y
racionalización.-
CONSIDERANDO: que en materia de teléfonos celulares se considera
conveniente el establecimiento de algunas limitaciones en cuanto a su
uso, que se enmarcan en la política de restricción el gasto impulsada por
el Poder Ejecutivo.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, actuando en Consejo de Ministros,
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 232/000 de 10/08/2000 artículo 1.
BATLLE - DANIEL BORRELLI - DIDIER OPERTTI - ALBERTO BENSION - LUIS BREZZO
- ANTONIO MERCADER - LUCIO CACERES - SERGIO ABREU - ALVARO ALONSO - HORACIO FERNANDEZ - GONZALO GONZALEZ - ALFONSO VARELA - CARLOS CAT - JAIME
TROBO