REGIMEN DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES - NOMENCLATURA ARANCELARIA




Promulgación: 28/06/1995
Publicación: 10/07/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 578
  Visto: los Decretos Nos. 393/991 y 558/994 de 29 de julio de 1991 y 21
de diciembre de 1994 respectivamente, que establecieron regímenes de
devolución de tributos a las exportaciones.

  Considerando:I) procedente prorrogar el régimen de devolución de
tributos a las exportaciones consagrado por el Decreto Nº 558/994 antes
citado, así como las devoluciones de tributos vigentes a la fecha.

II) conveniente, asimismo, modificar el monto de la devolución de
impuestos indirectos respecto de alguno de los productos previstos por el
Decreto Nº 393/991, derogando a partir del 1º julio de 1996 el régimen
consagrado por dicho Decreto.

  Atento: A lo expuesto;

                     El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Prorrógase hasta el 30 de junio de 1996 la vigencia de los artículos 2º
a 6º del Decreto Nº 558/994 de 21 de diciembre de 1994 y las devoluciones
de tributos a las exportaciones fijadas por el Decreto Nº 101/995 de 24 de
febrero de 1995 y Decreto Nº 219/995 de 14 de junio de 1995.
Referencias al artículo

SANGUINETTI - LUIS MOSCA - FEDERICO SLINGER - CARLOS GASPARRI
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