MODIFICACIONES AL REGIMEN DE RESERVA DE AMARRAS EN EL PUERTO DE YATES DE PUNTA DEL ESTE




Promulgación: 17/07/2006
Publicación: 24/07/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 110
VISTO: lo dispuesto por los decretos 579/92 de 24 de noviembre de 1992 y
429/93 de 28 de septiembre de 1993, que fijan las bases para la
utilización de servicios en el Puerto de Punta del Este (departamento de
Maldonado) y por el decreto 104/98 de 22 de abril de 1998, que aprueba el
cuerpo normativo tarifario de los puertos deportivos;

RESULTANDO: que en razón del tiempo transcurrido desde la aprobación del
régimen resultante de las normas citadas, resulta conveniente proceder a
su revisión en determinados aspectos;

CONSIDERANDO: que, fundamentalmente, se estima necesario adecuar el
régimen de reserva de amarras a los requerimientos actuales del Puerto de
Punta del Este;

ATENTO: a lo dispuesto por la ley 3.817 de 15 de julio de 1911 y decreto
reglamentario de 29 de febrero de 1912, y por ley 16.246 de 8 de abril de
1992 y decreto reglamentario 412/92 de 1º de septiembre de 1992;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

  (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 104/998 de 22/04/1998 
artículo 2 numeral 2.14).

TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI
Ayuda