COMERCIO EXTERIOR. IMPORTACIONES. EXONERACIONES TRIBUTARIAS




Promulgación: 09/07/1964
Publicación: 04/08/1964

Resumen:

Exonérase, hasta el 30 de setiembre de 1964, de derechos aduaneros, adicionales, recargos y demás gravámenes, las importaciones de maíz con destino a forraje.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 312/964 de 
20/08/1964 artículo 1.

Artículo 1



		
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