Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Facúltase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a dictar un
Reglamento de Tareas a Bordo y Trabajos en Tierra, que determinará
obligaciones y derechos al personal afectado al funcionamiento del Buque
de Investigaciones.