El personal no incorporado a la estructura vigente establecida en los
artículo 5º al 11º, percibirá una remuneración mensual de acuerdo a los
grados que se indican de la Escala Patrón Unica y es el siguiente:
CLASE DE ADMINISTRACION
DENOMINACION DEL CARGO CATEGORIA GEPU CARGOS OCUPADOS
Jefe de Despacho 4ta. 41 4
Jefe de Sección de 1ra. 5ta. 36 4
Jefe de Sección de 2da. 6ta. 32 1
Subjefe de Sección 7ma. 28 1
Oficial 8va. 15 1
Auxiliar de Administración 10a. 5 1
CLASE TECNICA
DENOMINACION DEL CARGO NIVEL GEPU CARGOS OCUPADOS
Abogado Asesor Especial 55 1
Abogado A4 48 1
Abogado A5 46 3
Contador/Economista A5 46 1
Escribano A4 48 1
CLASE DE SERVICIO
DENOMINACION DEL CARGO CATEGORIA GEPU CARGOS OCUPADOS
Conserjería 3ra. 29 1
Conserjería 5ta. 5 1
Vigilancia 3ra. 29 1
CLASE DE MAESTRANZA
DENOMINACION DEL CARGO CATEGORIA GEPU CARGOS OCUPADOS
Sanitario 2da. 32 1
PERSONAL DE COMPUTACION
DENOMINACION DEL CARGO CATEGORIA GEPU CARGOS OCUPADOS
Programador A 40 1
Operador A 33 1 (*)