APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 2001




Promulgación: 25/06/2001
Publicación: 02/07/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1817

Artículo 50

 COMPENSACION POR DESEMPEÑO TRANSITORIO DE FUNCION. La compensación por 
desempeño transitorio de función será percibida, por los funcionarios que 
realicen las tareas que se detallan, de acuerdo a los siguientes valores 
vigentes al 1º de noviembre de 1999:

Cajero     $     576
Sereno     $      86 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 53.
Referencias al artículo
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