COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 14/07/1982
Publicación: 20/07/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 112

Artículo 2

          Se exceptúa del recargo complementario general de 10% (diez
por ciento) las importaciones que se realicen al amparo de las
resoluciones del Poder Ejecutivo aprobadas a la fecha del decreto 189/982,
de 2 de junio de 1982, relacionadas exclusivamente a la Ley de Promoción
Industrial 14.178, de 28 de marzo de 1974.

   Regirán para la excepción que se consagra el plazo y las demás
condicionantes establecidas en el artículo 2º del decreto 188/982.
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