REGLAMENTACION SANITARIA DE ESTABLECIMIENTOS DE ELABORACION Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL NO COMESTIBLES




Promulgación: 12/07/2004
Publicación: 15/07/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 102
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Exclúyese de las menudencias comestibles previstas en el numeral 
13.1.12 Sección 1 (carne y subproductos) Capítulo 13 (carne y derivados) 
del Decreto 315/994 de 5 de julio de 1994 (Reglamento Bromatológico 
Nacional) el encéfalo de bovinos.
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