El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la Ley N° 18.250, de 6 de enero de 2008 y el Decreto N° 394/009, de 24 de agosto de 2009;
RESULTANDO: I) que por el precitado Decreto se reglamentan las categorías migratorias previstas en la Ley N° 18.250, de 6 de enero de 2008;
II) que en virtud de los avances en materia tecnológica, a nivel mundial se ha desarrollado la modalidad de teletrabajo, existiendo personas que optan por trabajar en forma remota desde un tercer país distinto al de origen de la relación laboral;
CONSIDERANDO: que resulta necesario actualizar el marco normativo referido, adecuándolo a la nueva realidad;
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la Ley N° 18.250, de 6 de enero de 2008 y su Decreto Reglamentario N° 394/009, de 24 de agosto de 2009;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: