REGLAMENTACION DE LA LEY N° 18.250, RELATIVA A LA CREACION DEL PROGRAMA DE RESIDENCIA POR ARRAIGO BAJO LOS CRITERIOS DE ARRAIGO LABORAL, ARRAIGO FAMILIAR Y ARRAIGO PARA LA FORMACION, A LOS EFECTOS DE LA REGULARIZACION MIGRATORIA
(Interpretación). Las disposiciones del presente Decreto se interpretarán y aplicarán de conformidad con los principios de Derechos Humanos reconocidos en la Constitución de la República y en los instrumentos internacionales ratificados por el país, debiendo estarse, en caso de duda, a la interpretación más favorable.