La emisión de los Bonos Hipotecarios en Unidades Reajustables -1ra.
Serie- podrá llevarse a cabo en hasta tres colocaciones. El Banco
Hipotecario del Uruguay, en acuerdo con el Banco Central del Uruguay,
determinará la fecha y monto de cada colocación.
La modalidad de la colocación (licitación o suscripción) será decidida
por el Banco Hipotecario del Uruguay.