REGULACION DE LA CAZA Y COMERCIALIZACION DE ESPECIES ZOOLOGICAS INDIGENAS




Promulgación: 20/03/1975
Publicación: 10/04/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 537
Referencias a toda la norma

DE LAS PENALIDADES

Artículo 13

Cométese a las autoridades policiales y a la de enlace y coordinación
entre el Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio de Agricultura y
Pesca y a los funcionarios inspectivos de la Dirección Forestal, Parques y
Fauna y Dirección de Contralor Legal, la vigilancia, incluso en hoteles,
restaurantes, etc., del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el
presente decreto. 
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