Visto: lo establecido por el artículo 2.o de la ley 14.800, de 30 de junio de 1978.
Resultando: I) Que el proyecto de reestructura escalafonaria no provoca
aumento en las retribuciones de los cargos correspondientes a los actuales
escalafones del Inciso 04 Ministerio del Interior;
II) Que no supera al 5% de las dotaciones presupuestales imputadas en el
mes de agosto de 1978.
Considerando: I) Que si bien desde el punto de vista de una
racionalización puede catalogarse ésta como parcial, nada impide que la
aprobación del Poder Ejecutivo y dada cuenta al Consejo de Estado sea en
esa forma, dado que dicho movimiento de personal satisface necesidades
impostergables desde el punto de vista de la seguridad, a los fines de una
mejor conducción y obtención de resultados por parte del Inciso
involucrado;
II) Que los servicios que ejecuta el Ministerio del Interior, hacen
necesario que puedan ponerse en práctica las soluciones que se propugnan,
restructurando la pirámide de cargos existentes, lo que permitirá su
transformación sin causar lesión de derechos funcionales.
Atento: a lo informado por la Comisión de Reestructura Presupuestal,
El Presidente de la República
DECRETA:
Administración General. Unidad Ejecutora 01: Transfórmase los siguientes
cargos de los Subescalafones P.T., P.A., P.E., P.S. y Ejecutivo; 3
Subcomisarios Bg. 9 (P.T.) (Contadores) en 3 Comisarios Bg. 10 (P.T.)
(Contadores); 1 Inspector General Bg. 13 (P.A.) vacante en 1 Inspector
General Bg. 13 (P.T.) (Médico Director del Hospital Policial).
El cargo deberá ser ocupado por quien acredite el haber realizado el
curso básico de atención médica y administración hospitalaria con una
antigüedad mínima de 2 (dos) años en el ejercicio de dicha especialidad en
la actividad estatal. Y 1 Oficial Principal Bg. 8 (P.E.) (Jefe de
Registros Médicos).
El cargo deberá ser ocupado por quien acredite ser egresado de la Escuela
de Tecnología Médica en esa especialidad;
1 Inspector General Bg. 13 (P.A.) vacante en 1 Inspector Bg. 12 (P.E.)
(Subdirector del Hospital Policial).
El cargo deberá ser ocupado por quien acredite experiencia en la
Dirección Administrativa de Hospitales Estatales o Paraestatales no menor
de 2 (dos) años, y 1 Comisario Bg. 10 (P.E.) (Director del Departamento de
Suministros del Hospital Policial).
El cargo deberá ser ocupado por quien acredite tener competencia notoria
y experiencia no menor de 3 (tres) años en el equipamiento y compra de
materiales y equipos hospitalarios en organismos estatales.
1 Inspector General Bg. 13 (P.A.) vacante en 3 Sargentos 1.o Bg. (P.A.); 6 Oficiales Ayudantes Bg. 7 (P.A.) al vacar en 3 Sargentos 1.o Bg 5 (P.A.) y 5 cabos Bg. 3 (P.A.); 1 Oficial Subayudante Bg. 6 (P.A.) en 1 Oficial
Subayudante Bg. 6 (P.S.); 1 Oficial Subayudante Bg. 6 (P.A.) en 1 Oficial
Subayudante Bg. 6 (P.E.) (Gestor de Importación); 1 Sargento 1.o Bg. 5
(P.A.) en 1 Sargento 1.o Bg. 5 (P.E.) (Encuadernador); 1 Sargento Bg. 4
(P.A.) en 1 Oficial Subayudante Bg. 6 (P.E.) (Dibujante Estadígrafo);
1 Comisario Bg. 10 (P.E.) (Ayudante de Contador) en 1 Comisario Bg. 10
(P.T.) (Contador); 1 Subcomisario Bg. 9 (P.E.) (Carpintero) al vacar en 1
Oficial Subayudante Bg. 6 (P.E.) (Encargado de Obras y Mantenimiento); 3
Sargentos 1.o Bg. 5 (P.E.) (1 Carpintero, 1 Pintor y 1 Sanitario) y 1
Sargento Bg. 4 (P.E.) (Vidriero).
1 Comisario Inspector Bg. 11 (P.E.) vacante (Subjefe de Oficina Contable)
en 1 Comisario Inspector Bg. 11 (P.T.) (Contador); 2 Oficiales Ayudantes
Bg. 7 (P.E.) (1 Electricista y 1 Carpintero) al vacar en 1 Sargento 1.o Bg. 5 (P.E.) (Electricista) y 1 Sargento Bg. 4 (P.E.) (Carpintero);
1 Comisario Bg. 10 (P.S.) al vacar en 4 Agentes de 1.a Bg. 2 (P.A.); 1
Subcomisario Bg. 9 (P.S.) vacante en 1 Comisario Bg. 10 (P.E.) (Director
del Departamento de Enfermería del Hospital Policial).
El Cargo deberá ser ocupado por quien acredite Título de Nurse o
Enfermera Universitaria y experiencia en cargos de Dirección de Organismos
Docentes y Asistenciales;
10 Oficiales Ayudantes Bg. 7 (P.S.) al vacar en 20 Agentes de 2ª Bg. 1
(P.S.); 2 Oficiales Ayudantes Bg. 7 (P.S.) vacantes en 4 Oficiales
Ayudantes Bg. 7 (P.E.) (Ayudantes de Contador). El cargo deberá ser ocupado por estudiantes de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración, y tener aprobados Primer y Segundo año completos; 2 Oficiales Subayudantes Bg. 6 (P.S.) vacantes y 4 Sargentos 1.o Bg. 5 (P.S.) vacantes en 1 Subcomisario Bg. 9 (P.T.) (Arquitecto), 1 Sargento Bg. 4 (P.E.) (Dibujante) y 5 Agentes de 1ª Bg. 2 (P.S.); 5 Oficiales Subayudantes Bg. 6 (P.S.) al vacar en 5 Agentes de 1ª Bg. 2 (P.S.); 3 Sargentos Bg. 4 (P.S.) vacantes en 1 Subcomisario Bg. 9 (P.E.) (Jefe de Sección Instalaciones, Maquinarias y Equipos del Hospital Policial).
El cargo deberá ser ocupado por Egresados de la Universidad del Trabajo
del Uruguay (UTU) en la rama electricidad o mecánica y contar con una
experiencia no menor de cinco años en tareas de mantenimiento de
instalaciones hospitalarias o similares. (*)
El cargo deberá ser ocupado por estudiante de Facultad de Ingeniería con
Tercer año aprobado del Plan 42, y 1 Oficial Principal Bg. 8 (P.E.) (Jefe
de Secretaría General).
El cargo deberá ser ocupado por quien acredite haber actuado en trabajos
de secretaría o coordinación de tareas hospitalarias en hospitales
estatales o paraestatales.
1 Oficial Ayudante Bg. 7 (P.S.) en 1 Oficial Ayudante Bg. 7 (P.E.)
(Peluquero) al vacar en Sargento Bg. 4 (P.E.); 1 Cabo Bg. 3 (P.S.) en 1
Cabo Bg. 3 (P.A.); 1 Comisario Bg. 10 Ejecutivo y 1 Sargento 1.o Bg. 5
Ejecutivo en 1 Comisario Bg. 10 (P.A.) y 1 Sargento 1.o Bg. 5 (P.A.).
Adquisición y Suministro.- Unidad Ejecutora 03: Transfórmase 1 Oficial
Subayudante Bg. 6 (P.S.) en 1 Agente de 2ª Bg. 1 (P.S.).
Transfórmase 4 Agentes de 2ª Bg. 1 (P.A.) en 3 Agentes de 2ª Bg. 1 (P.S.)
y 1 Agente de 2ª Bg. 1 (P.E.).
Transfórmase 1 Agente de 2ª Bg. 1 (P.S.) en 1 Agente de 1ª Bg. 2 (P.E.).
Prevención y Lucha Contra el Fuego, Unidad Ejecutora 24: Transfórmase 5
Oficiales Ayudantes Bg. 7 Ejecutivos y 1 Sargento 1.o Bg. 5 Ejecutivos
vacantes en 1 Subcomisario Bg. 9 (P.E.) (Jefe Mecánico), 1 Oficial
Principal Bg. 8 (P.E.) (Encargado de Obras y Mantenimiento), 2 Oficiales
Subayudantes Bg. 6 (P.E.) (1 Oficial Mecánico Ajustador y 1 Oficial
Chapista), 1 Oficial Subayudante Bg. 6 (P.E.) (Maestro de Banda Lisa) y 1
Oficial Subayudante Bg. 6 (P.E.) (Profesor de Educación Física).
Transfórmase 2 Bomberos de 2ª Bg. 1 (P.F.) en 2 Bomberos de 2ª Bg. 1
(P.A.).
Asistencia Social Policial, Unidad Ejecutora 25: Transfórmase 3 Inspectores Generales Bg. 13 (P.A.) vacantes en 1 Comisario Inspector Bg. 11 (P.A.), 2 Oficiales Principales Bg. 8 (P.A.) y 1 Oficial Subayudante Bg. 6 (P.A.).
Transfórmase al vacar 1 Oficial Ayudante Bg. 7 (P.A.) en 1 Oficial
Subayudante Bg. 6 (P.A.).
Transfórmase al vacar 1 Oficial Ayudante Bg. 7 (P.A.) en 1 Cabo Bg. 3
(P.S.), 1 Agente de 1ª Bg. 2 (P.S.) y 2 Agentes de 2a. Bg. 1 (P.S.).
Transfórmase 1 Inspector General Bg. 13 (P.A.) vacante y 1 Sargento Bg. 4
(P.A.) vacante en 10 Agentes de 2ª Bg. 1 (P.A.).
Transfórmase 1 Agente de 2ª Bg. 1 (P.A.) y 3 Agentes de 1ª Bg. 2 (P.A.)
en 2 Oficiales Principales Bg. 8 (P.T.) (Abogados) y 2 Oficiales Ayudantes
Bg. 7 (P.T.) (Escribanos).
Cambio de denominación: 5 Cabos Bg. 3 (P.E.) en 5 Cabos Bg. 3 (P.A.).
1 Cabo Bg. 3 (P.S.) en un Cabo Bg. 3 (P.A.).
4 Agentes de 1ª Bg. 2 Ejecutivos en 4 Agentes de 1ª Bg. 2 (P.A.).
1 Bombero de 1ª Bg. 2 Ejecutivo en 1 Agente de 1ª Bg. 2 (P.S.).
1 Agente de 1ª Bg. 2 (P.S.) en 1 Agente de 1ª Bg. 2 (P.A.).
13 Agentes de 2ª Bg. 1 Ejecutivos en 13 Agentes de 2ª Bg. 1 (P.A.).
1 Bombero de 2ª Bg. 1 Ejecutivo en 1 Agente de 2ª Bg. 1 (P.A.).
2 Agentes de 2ª Bg. 1 Ejecutivos en 2 Agentes de 2ª Bg. 1 (P.S.).
Oficina Nacional de Identificación Civil, Unidad Ejecutora 31:
Transfórmase en el Subescalafón (P.A.) los siguientes cargos vacantes:
1 Oficial Principal Bg. 8, 1 Oficial Subayudante Bg. 6 y 1 Sargento 1.o Bg. 5 en 1 Comisario Inspector Bg. 11, 1 Comisario Bg. 10 y 1 Subcomisario Bg. 9.
Transfórmase al vacar en el Subescalafón (P.E.) (Dactilóscopos) 2
Oficiales Subayudantes Bg. 6 en 2 Sargentos 1.o Bg. 5.
Transfórmase 1 Sargento Bg. 4 (P.A.) en 1 Sargento Bg. 4 (P.S.).
Transfórmase 3 Agentes de 1ª Bg. 2 (P.A.) en 3 Agentes de 1ª Bg. 2
(P.S.).
Transfórmase 1 Agente de 2ª Bg. 1 (P.S.) en Agente de 1ª Bg. 2 (P.S.).
Créase 2 Cabos Bg. 3 (P.S.).
Suprímese al vacar 2 Agentes de 2ª Bg. 1 (P.S.).
La Reestructura Presupuestal que se aprueba por el presente decreto
tendrá vigencia a partir del día 1.o de febrero de 1979 inclusive (artículo 49 de la Ley Orgánica Policial), Texto Ordenado por decreto 75/972, de 1º de febrero de 1972; pero cuando su aplicación originara aumento en las remuneraciones el incremento solamente se operará a partir del día 1.o de abril de 1979.