Para la tramitación de las adquisiciones a efectuarse al 24 de agosto
de 1981), ya que persisten las condicionantes de anteriores amparo del
régimen a que se hace referencia en el artículo anterior, regirán las
disposiciones establecidas por los artículos 2º, 3º, 4º y 5º del decreto
370/974, de 9 de mayo de 1974.