DISPOSICION DE LA APERTURA DE DERECHOS DE TRAFICO PARA LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO CON DESTINO O ESCALAS EN EL AEROPUERTO DE LAGUNA DEL SAUCE




Promulgación: 14/07/2011
Publicación: 26/07/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 144

Artículo 4

 Las empresas que cumplan servicios al amparo del presente Decreto,
deberán proporcionar a la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica la información y datos correspondientes al
vuelo, para confeccionar las estadísticas correspondientes. En caso de
incumplimiento de la presente obligación se aplicarán las disposiciones
contenidas en el artículo 192 y siguientes del Código Aeronáutico -
Decreto-Ley N° 14.305 de 29 de noviembre de 1974.
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