AUMENTO SALARIAL PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS. MAYO 1991




Promulgación: 10/05/1991
Publicación: 04/07/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 170

Artículo 3

   Los Organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de la
República adecuarán las remuneraciones de sus funcionarios, a partir de la
misma fecha y de acuerdo a los mismos porcentajes establecidos en los
artículos anteriores.  
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