INSPECCION TECNICA VEHICULAR PARA TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA




Promulgación: 30/08/2000
Publicación: 07/09/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 249

Artículo 3

   La presente norma no rige para los vehículos habilitados para transporte internacional de carga ni para los vehículos de transporte de mercancías peligrosas (semirremolques cisterna y sus tractores de arrastre, vehículos para transporte de baterias de recipientes o contenedores cisterna), todos los cuales se inspeccionarán de acuerdo a los criterios originales adoptados por el Ministerio de Transporte y 
Obras Públicas a tales efectos.

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 416/003 de 22/10/2003 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 246/000 de 30/08/2000 artículo 3.
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