Las modificaciones esenciales a los planes de estudios se aplicarán a los estudiantes que ingresen con posterioridad a la fecha de su reconocimiento.
Sin perjuicio de lo expresado precedentemente, las instituciones universitarias podrán dar opción a sus estudiantes a incorporarse al nuevo plan o continuar con el anterior. En este caso, estas instituciones deberán velar para que la opción sea efectivamente libre. La opción por el plan anterior con relación al nuevo, habilitará al estudiante a continuar cursando por el plan de estudios optado por un período equivalente al de la duración de ese plan más un año contado a partir del día de la formulación de la opción.