PROHIBICION DEL DOPAJE DEPORTIVO




Promulgación: 08/08/2005
Publicación: 12/08/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 433
   VISTO: La necesidad de actualizar y adecuar las normas reglamentarias
tendientes a la erradicación de la práctica del dopaje en el deporte.

   CONSIDERANDO: Que mediante las modificaciones propuestas se trata de
brindar la posibilidad, a los deportistas, de rehabilitarse, mediante un
estricto estudio y control por parte del Ministerio de Turismo y
Deporte.

   ATENTO: A los dispuesto en los artículos 134 y 139 de la ley 13.737 de
fecha 9 de enero de 1969, Decreto Nº 163/996 de fecha 2 de mayo de 1996,
Decreto Nº 271/997 de fecha 12 de agosto de 1997, Decreto Nº 316/998 de
fecha 3 de noviembre de 1998, Decreto Nº 253/000 de fecha 31 de agosto de
2000, Decreto Nº 183/003 de fecha 13 de mayo de 2003, Decreto Nº 131/004
de fecha 20 de abril de 2004 y Decreto Nº 383/004 de fecha 26 de octubre
de 2004,

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                  DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 131/004 de 20/04/2004 
artículos 10 y 27.

TABARE VAZQUEZ - HECTOR LESCANO - MARIA JULIA MUÑOZ
Ayuda