SANIDAD ANIMAL - PLANTAS DE FAENA




Promulgación: 12/01/1993
Publicación: 04/02/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 46

Artículo 2

  Los titulares de las plantas habilitadas deberán comunicar a las
respectivas Inspecciones Veterinarias Oficiales, el destino comercial a
dar a la carne proveniente de cada tropa.
Ayuda