Agrégase al item 6002.30.20, contenido en el anexo III del citado Decreto,
con una tasa global arancelaria de 26 %, la siguiente nota:
"Exclusivamente tejidos de menos de 170 g/m2 y de más de 320 g/m2, de
hilados de filamentos de poliamida y de hilado de elastómero, con un
contenido de hilado de filamentos de poliamida superior o igual a 80 % en
peso y de hilado de elastómero superior o igual a 10 % en peso".