Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: La necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la
Administración Nacional de Puertos, correspondiente al ejercicio 1992.
Resultando: I) Que por Decreto del 21 de abril de 1992 el Poder
Ejecutivo aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones correspondiente al ejercicio 1992, a precios del período
enero-abril de 1991;
II) Que corresponde, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 14 y
15 del citado Decreto, ajustar las partidas de ingresos y gastos tanto de
funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en
el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a valores
enero-agosto de 1992, según su vigencia.
Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el
Directorio de la Administración Nacional de Puertos, así como las
restantes medidas reseñadas se encuentran comprendidas dentro de los
lineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;
II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice
el financiamiento de los mismos;
III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe
y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
Atento: A lo expuesto precedentemente:
El Presidente de la República
DECRETA:
Sustitúyanse la partidas presupuestales correspondientes al
Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la
Administración Nacional de Puertos correspondientes al ejercicio 1992, de
acuerdo con el siguiente detalle:
PROGRAMA 1: DIRECCION Y ADMINISTRACION
N$ N$
I INGRESOS 3,936,995,000
Ventas, entradas varias y remates 3,936,995,000
II PRESUPUESTO OPERATIVO 58,679,083,457
RUBRO DENOMINACION N$ N$
0 RETRIBUCION DE SERV.
PERSONALES 20,353,569,966
011311 Sueldos básicos 1,987,197,975
011312 Incremento mayor horario 374,037,666
011313 Dedicación total 205,691,871
011315 Diferencia por subrogación 610,035,300
011317 Sueldos progresivos 883,239,403
011318 Incremento salarial
mayo/92 62,154,110
019311 Sueldo anual complementario 489,618,393
021321 Sueldos básicos pers.
cont. func. perm. 482,235,075
021322 Incremento mayor horario 165,098,221
021323 Dedicación Total 32,172,434
021325 Dif. por Subrogación 428,916,600
021327 Sueldos Progresivos 243,838,107
021328 Incremento salarial
mayo/92 38,664,429
029321 Sueldo anual complementario 209,020,469
031331 Sueldos básicos func.
no permanentes 1,784,801,025
031332 Incremento mayor horario 569,728,963
031333 Dedicación total 116,914,875
031335 Diferencia por subrogación 1,822,867,200
031337 Sueldos progresivos 501,639,267
031338 Incremento salarial
mayo/92 139,898,715
039 Sueldo anual complementario 749,016,933
061311 Horas extra cargos
permanentes 273,409,081
061321 Horas extra cargos cont.
func. perm. 204,594,117
061331 Horas extra funciones no
permanentes 737,349,031
061304 Prima por eficiencia 0
061305 Por trabajo nocturno 103,600,350
061308 Trabajo Sucio o de altura 217,350
062301 Gastos de representación 50,462,290
062302 Profes. con personal
operativo 14,152,846
062303 Personal embarcado 40,098,182
062304 Personal de vigilancia 242,773,933
062307 Ded. Esp. J. Zona, Adm.
y Sub-Adm. 40,137,798
063301 Compensaciones varias 16,061,850
063302 Viático por Alimentación 4,477,292,350
063303 Cuota Médica 1,037,129,147
077 Quebranto de caja 96,821,385
079 Licencias no gozadas 400,094,100
081311 Adelanto a cuenta cargos
permanentes 248,000
081321 Adelanto a cuenta cont.
func. perm. 145,000
081331 Adelanto a cuenta cont.
func. no perm. 539,000
082311 Inc. sal. 4/85 cargos
permanentes 192,313,800
082321 Inc. sal. 4/85 cargos
permanentes 111,914,775
082331 Inc. sal. 4/85 cargos
permanentes 417,428,550
1 CARGAS LEGALES S/SERVS. PERSONALES 5,463,516,287
11 Aporte patronal sist. de
seg. social 5,051,175,435
12 Otros aportes patronales s/ret. 206,170,426
13 Impuesto retrib. personales 206,170,426
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 2,200,280,937
3 SERVICIOS NO PERSONALES 5,614,452,300
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBILIARIOS NUEVOS 16,069,135
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 1,249,845,047
74 Transf. a inst. sin fines
de lucro 25,034,390
751 Prima por matrimonio 6,074,388
752 Hogar constituido 709,264,266
753 Prima por nacimiento 12,797,900
754 Prestaciones por hijo 234,914,444
755 Prestaciones por fallecimiento 6,499,363
763 Pensiones graciables 57,707,444
773 Becas 388,341
775 Retardo mental 9,619,202
779 Otras transf. a unid. famil. 121,028,354
791 Tributos Nacionales 15,661,785
792 Tributos municipales 50,855,170
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 23,546,425,714
81 Amortización deuda interna 4,636,498,880
82 Amortización deuda externa 14,616,887,058
83 Intereses deuda interna 598,121,345
84 Intereses deuda externa 3,694,918,431
9 ASIGNACIONES GLOBALES 234,924,071
III PRESUPUESTO DE INVERSIONES 5,758,614,000
RUBRO DENOMINACION N$ N$
3 SERVICIOS NO PERSONALES 3,652,605,000
4 MAQUINA EQUIPO Y MOBILIARIO NUEVOS 2,106,009,000
PROGRAMA 2: OBRAS Y MANTENIMIENTO
N$ N$
I INGRESOS 3,804,626,000
Muelles particulares 3,642,723,000
Proventos industriales 161,903,000
II PRESUPUESTO OPERATIVO 34,952,491,808
RUBRO DENOMINACION N$ N$
0 RETRIBUCION DE SERV.
PERSONALES 19,406,999,749
011311 Sueldos básicos 1,593,019,575
011312 Incremento mayor horario 506,039,325
011313 Dedicación total 259,607,288
011315 Diferencia por subrogación 427,847,175
011317 Sueldos progresivos 737,968,059
011318 Incremento salarial mayo/92 56,957,278
019311 Sueldo anual complementario 498,180,016
021321 Sueldos básicos pers. cont.
func. perm. 608,707,575
021322 Incremento mayor horario 190,561,623
021323 Dedicación Total 5,086,392
021325 Dif. por Subrogación 647,439,975
021327 Sueldos Progresivos 399,408,059
021328 Incremento salarial mayo/92 32,636,104
029321 Sueldo anual complementario 272,439,637
031331 Sueldos básicos func.
no permanentes 1,223,256,825
031332 Incremento mayor horario 574,873,288
031333 Dedicación Total 14,058,035
031335 Diferencia por Subrogación 672,424,200
031337 Sueldos progresivos 661,446,041
031338 Incremento salarial mayo/92 117,032,655
039 Sueldo anual complementario 663,657,651
061311 Horas extra cargos
permanentes 574,566,593
061321 Horas extra cargos cont.
func. perm. 339.592,956
061331 Horas extra funciones
no permanentes 937,052,443
061305 Por trabajo nocturno 212,165,100
061308 Trabajo Sucio o de altura 60,645,375
062302 Profes. con personal
operativo 35,429,730
062303 Personal embarcado 1,803,794,802
062304 Personal de vigilancia 5,568,319
063301 Compensaciones varias 11,546,325
063302 Viático por Alimentación 3,843,201,620
063304 Cuota Médica 672,542,749
064301 Horas Extras para terceros 20,853,086
079 Licencias no gozadas 88,852,050
081311 Adelanto a cuenta cargos
permanentes 181,000
081321 Adelanto a cuenta cont.
func. perm. 106,000
081331 Adelanto a cuenta cont.
func. no perm. 394,000
082311 Inc. sal. 4/85 cargos
permanentes 169,923,600
082321 Inc. sal. 4/85 cargos
permanentes 99,124,200
082331 Inc. sal. 4/85 cargos
permanentes 368,813,025
1 CARGAS LEGALES S/SERVS. PERSONALES 4,941,085,311
11 Aporte patronal sist. de
seg. social 4,568,173,213
12 Otros aportes patronales s/ret. 186,456,049
13 Impuesto retrib. personales 186,456,049
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 4,473,832,619
3 SERVICIOS NO PERSONALES 2,798,399,648
RUBRO DENOMINACION N$ N$
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBILIARIOS
NUEVOS 2,242,139,013
7 SUBSIDIOS Y OTRAS
TRANSFERENCIAS 804,604,330
751 Prima por matrimonio 4,174,716
752 Hogar constituido 571,454,539
753 Prima por nacimiento 11,536,983
754 Prestaciones por hijo 198,939,825
755 Prestaciones por fallecimiento 13,892,544
775 Retardo mental 2,728,094
779 Otras transf. a unid. famil. 124,270
791 Impuestos nacionales 1,753,359
9 ASIGNACIONES GLOBALES 285,431,138
III PRESUPUESTO DE INVERSIONES 31,229,324,000
RUBRO DENOMINACION N$ N$
3 SERV. NO PERSONALES 1,954,979,000
4 MAQUINA EQUIPO Y
MOBILIARIO NUEVOS 9,451,563,000
6 CONSTRUC., MEJORAS Y
REP. EXTRAORDI. 19,822,782,000
PROGRAMA 3: EXPLOTACION COMERCIAL DE SERVICIOS
I INGRESOS N$ N$
123,179,497,000
Marítimos 14,809,131,000
Terrestres 108,370,366,000
II PRESUPUESTO OPERATIVO 57,930,070,772
RUBRO DENOMINACION N$ N$
0 RETRIBUCION DE SERV.
PERSONALES 34,137,856,062
011311 Sueldos básicos 1,689,861,600
011312 Incremento mayor horario 339,878,908
011313 Dedicación total 164,237,443
011315 Diferencia por subrogación 290,956,050
011317 Sueldos progresivos 741,205,297
011318 Incremento salarial mayo/92 73,587,141
019311 Sueldo anual complementario 634,313,786
021321 Sueldos básicos pers. cont.
func. perm. 885,071,250
021322 Incremento mayor horario 189,448,148
021325 Dif. por Subrogación 525,857,850
021327 Sueldos Progresivos 423,153,339
021328 Incremento salarial mayo/92 45,524,248
029321 Sueldo anual complementario 403,759,298
031331 Sueldos básicos func.
no permanentes 2,601,703,125
031332 Incremento mayor horario 1,316,242,134
031333 Dedicación total 14,349,932
RUBRO DENOMINACION N$ N$
031335 Diferencia por subrogación 1,551,412,800
031337 Sueldos progresivos 700,769,884
031338 Incremento salarial mayo/92 190,204,049
039 Sueldo anual complementario 1,476,692,173
061311 Horas extra cargos
permanentes 398,138,539
061321 Horas extra cargos cont.
func. perm. 362,663,894
061331 Horas extra funciones
no permanentes 1,323,470,875
061305 Por trabajo nocturno 389,497,500
061308 Trabajo Sucio o de altura 18,736,200
062302 Prof. con personal operativo 4,307,388
062303 Personal embarcado 2,134,390,799
062307 Ded. esp., J zona, adm.
y sub-adm. 553,952,676
063301 Compensaciones varias 368,578,350
063302 Viático por Alimentación 5,753,203,240
063303 Cuota Médica 1,332,703,024
064301 Horas Extras para terceros 6,279,948,497
079 Licencias no gozadas 113,204,700
081311 Adelanto a cuenta cargos
permanentes 240,000
081321 Adelanto a cuenta cont.
func. perm. 140,000
081331 Adelanto a cuenta cont.
func. no perm. 521,000
082311 Inc. sal. 4/85 cargos
permanentes 225,538,425
082321 Inc. sal. 4/85 cargos
permanentes 131,618,025
082331 Inc. sal. 4/85 cargos
permanentes 488,774,475
1 CARGAS LEGALES S/SERVS. PERSONALES 8,663,366,309
11 Aporte patronal sist. de
seg. social 8,009,527,343
12 Otros aportes patronales s/ret. 326,919,483
13 Impuesto retrib. personales 326,919,483
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 4,197,040,870
3 SERVICIOS NO PERSONALES 8,338,503,389
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBILIARIOS
NUEVOS 422,148,085
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 1,782,425,287
735 Transferencias al gobierno central 609,625,166
749 Transf. a Inst. sin fines de lucro 5,665,892
751 Prima por matrimonio 6,296,293
752 Hogar constituido 808,820,242
753 Prima por nacimiento 19,166,779
754 Prestaciones por hijo 300,001,398
755 Prestaciones por fallecimiento 6,549,135
775 Retardo mental 4,739,700
779 Otras transf. a unid. famil. 21,100,498
791 Tributos nacionales 460,184
9 ASIGNACIONES GLOBALES 388,730,770
III PRESUPUESTO DE INVERSIONES 7,499,735,000
RUBRO DENOMINACION N$
3 SERVICIOS NO PERSONALES 51,989,000
4 MAQUINA EQUIPO Y MOBILIARIO NUEVOS 7,447,746,000
Los rubros "0" Retribución de Servicios Personales, "1" Cargas Legales
sobre Servicios Personales y "7" Subsidios y Otras Transferencias en lo
relativo a beneficios sociales, incluyen la totalidad de los aumentos
dispuestos hasta mayo de 1992, inclusive.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extrajera
están estimadas a la cotización de N$ 2.900 (Nuevos Pesos dos mil
novecientos) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional
correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas
a precios promedio del período enero-agosto de 1992.
La Administración Nacional de Puertos podrá ejecutar en el subrubro 07 "Otras retribuciones y complementos", renglón 079 "Licencia no gozada",
los importes correspondientes que se abonen a los funcionarios que se
amparen a los beneficios establecidos por las Leyes Nº 16.127 y 16.246. A
su vez, se podrá imputar al Rubro 8 "Servicio de Deuda y Anticipos",
renglón 819, "Contaduría General de la Nación", los importes que
correspondan a los beneficios establecidos por la citadas leyes; como
contrapartida se imputarán en el Presupuesto de Ingresos, Programa 1
"Dirección y Administración", las devoluciones efectuadas por Rentas
Generales.
El Directorio del Organismo podrá conceder un subsidio adicional de hasta seis sueldos a todo funcionario que se ampare a los beneficios previstos por los artículos 52 literal b) y 53 de la Ley Nº 16.246. A sus efectos coordinará con el Tribunal de Cuentas y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la forma de imputar la partida correspondiente en la última
adecuación de precios del Presupuesto correspondiente al ejercicio 1992.