APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANP. EJERCICIO 1993




Promulgación: 02/06/1993
Publicación: 15/06/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 13

 Se podrán contratar gastos de inversión en un ejercicio anterior a aquel o a aquellos en los que se ejecuten, procediéndose a hacer la previsión en el presupuesto anual correspondiente. 
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