Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el proyecto de disminución de algunas tarifas de la
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, que regiría a
partir del 1º de mayo de 1995, así como el proyecto de tasas aplicadas por
la citada Administración por concepto de gestiones diversas en trámites de
servicios eléctricos;
Considerando: que tal modificacion en las tarifas, se propone en
cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 16.697 de fecha 25 de abril de
1995, art. 4 y por el Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 28 de abril de
1995, art. 7;
Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse las tarifas de energía eléctrica para los servicios a cargo
de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas que se
detallan a continuación, con vigencia a partir del 1º de mayo de 1995, así
como las tasas incluidas en el Pliego que se aprueba: (*)