FIJACION DE TARIFAS DEL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS. AGOSTO 1997




Promulgación: 30/07/1997
Publicación: 08/08/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

Facúltase a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas para determinar los valores máximos de
tarifas en servicios suburbanos sobre la base del precio operativo del
kilómetro recorrido en ómnibus, el que se fija en $11,544 (pesos uruguayos
once con quinientos cuarenta y cuatro milésimos). (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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