Reglamentario/a de: Ley Nº 13.318 de 28/12/1964 artículo 94.
CAPITULO II
Organización Administrativa De los cometidos del Director General
Artículo 12
Son cometidos del Director General del Patronato Nacional de Encarcelados
y Liberados:
a) Asumir la representación del Patronato;
b) La firma de convenios representando al Patronato;
c) Ejercer el control de la gestión administrativa, contable y técnica del
Patronato;
d) Realizar una memoria, que aporte información sobre la gestión y
cumplimiento de los cometidos de la institución;
e) Custodiar los documentos, debiendo ser depositado en el archivo General
del INR;
f) Custodiar los fondos y títulos valores del Patronato;
g) Fiscalizar el movimiento económico financiero de la Institución y
proyectar el presupuesto anual;
h) Tener al día y controlar los libros de contabilidad y realizar arqueos
mensuales. La enumeración de estos cometidos no excluye la realización de
cualquier actividad que contribuya a la realización de los objetivos
señalados en el artículo 1 del presente decreto