OTORGAMIENTO DE UN MONTO PARA EL FINANCIAMIENTO DE CONEXIONES INTRADOMICILIARIAS EN FAVOR DE USUARIOS DE MODESTOS RECURSOS




Promulgación: 11/05/1977
Publicación: 24/05/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 897

Artículo 2

   El financiamiento mencionado en el artículo precedente, comprenderá,
total o parcialmente, la construcción y mejoramiento de las instalaciones
domiciliarias de agua y alcantarillado, aprobados por las autoridades
competentes, que se conecten a las redes del Ente, incluyendo, en su caso,
las obras de conexión.
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