CAPITULO II - DEL COMETIDO DE LAS DEPENDENCIAS DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES PUBLICAS
Artículo 15
El Departamento de Relaciones Públicas y Prensa, es el órgano asesor de la
Dirección de Seguridad, sobre este particular y tendrá a su cargo las
tareas de Relaciones Internas, Externas y a nivel de la Prensa en general
en representación del Comando de la Dirección de quien dependerá
directamente.