Se entiende por feriantes y periferiantes, aquellos que concurren
exclusivamente a ferias a vender mercaderías diversas, sin estar con
comercio instalado en ningún ramo ni lugar. Para el departamento de
Montevideo, deberán estar inscritos en los registros que a esos efectos
llevan la Intendencia Municipal y el Consejo Nacional de Subsistencias y
Contralor de Precios.