Ver vigencia: Decreto Nº 534/005 de 26/12/2005 artículo 13.
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.896 de 15/09/1987 artículo 22.
III OPERACIONES
Artículo 17
En toda operación conjunta de dotaciones dependientes de la Dirección
Nacional de Bomberos y Brigadas de Bomberos Auxiliares, estos últimos
actuarán bajo las órdenes inmediatas de su Jefe, colocándose éste a las
del Jefe de los Socorros.