COMPETENCIAS DE LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS




Promulgación: 09/07/2002
Publicación: 16/07/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 54
Ver vigencia: Decreto Nº 534/005 de 26/12/2005 artículo 13.
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.896 de 15/09/1987 artículo 22 Derogada/o.

I CREACION Y COMETIDOS

Artículo 5

 Son misiones de las Brigadas de Bomberos Auxiliares:
A. Acudir al auxilio ante siniestros ocurridos en su jurisdicción y 
   comprendidos en el servicio de Bomberos, en la etapa de peligro
   inicial.
B. Apoyar y colaborar en las acciones que emprendan las unidades
   dependientes de la Dirección Nacional de Bomberos en el ejercicio de
   sus cometidos propios.

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