Ver vigencia: Decreto Nº 534/005 de 26/12/2005 artículo 13.
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.896 de 15/09/1987 artículo 22.
II ORGANIZACION
Artículo 8
El Cuerpo Activo será escalafonado de conformidad a los siguientes
grados: Bomberos, Sargentos y Oficiales, debiendo agregar a la
denominación de la jerarquía la expresión Auxiliar.