INTEGRACION Y ASIGNACION DE COMETIDOS A LA COMISION NACIONAL COORDINADORA DEL BIENESTAR SOCIAL DEL ANCIANO




Promulgación: 11/05/1977
Publicación: 25/05/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 907
  Visto: el decreto 95/977 de 15 de febrero de 1977 por el cual se asignan
competencias sobre Protección a la Ancianidad y Asistencia Alimentaria, al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

  Resultando: I) Que ha sido elaborado un Programa Nacional Pro Bienestar
Social del Anciano, por la Comisión mixta colaboradora integrada con
representantes oficiales y privados de acuerdo a la resolución del Poder
Ejecutivo de 11 de octubre de 1972;

II) Que la Agrupación Nacional de Entidades Privadas Pro Bienestar Social
del Anciano (ANEPA), concentra la mayor parte de los esfuerzos privados
tendientes a la finalidad mencionada.

  Considerando: que se estima conveniente aunar los esfuerzos estatales y
privados en forma tal que permitan una acción orgánica en pro de la
ancianidad, teniendo en cuenta los principios básicos y conceptos
fundamentales que se han estructurado a través del programa elaborado y de
la experiencia realizada.

  Atento: a lo dispuesto en la ley 14.489 de 23 de diciembre de 1975 y
decreto 95/977 de 15 de febrero de 1977,

                  El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   La Comisión Nacional Coordinadora del Bienestar Social del Anciano
creada por decreto de 19 de diciembre de 1974 funcionará en el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social y estará integrada por un representante de
cada uno de los siguientes Ministerios: Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, que la presidirá; Ministerio de Salud Pública, Ministerio de
Educación y Cultura y por un representante de la Agrupación Nacional de
Entidades Privadas Pro Bienestar Social del Anciano (ANEPA).

MENDEZ - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - DANIEL DARRACQ - ANTONIO CAÑELLAS
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