INTEGRACION Y ASIGNACION DE COMETIDOS A LA COMISION NACIONAL COORDINADORA DEL BIENESTAR SOCIAL DEL ANCIANO




Promulgación: 11/05/1977
Publicación: 25/05/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 907

Artículo 5

  (Cometidos).- La Comisión creada tendrá los siguientes cometidos:

a)   Asesorar al Poder Ejecutivo en la definición de la política general
     de asistencia integral del anciano;

b)   Asesorar al Poder Ejecutivo en la estructuración de planes y metas de
     ejecución;

c)   Asesorar al Poder Ejecutivo en la ejecución y logro de los planes;

d)   Proponer las medidas que se consideren convenientes o
     necesarias para lograr una coordinación de los esfuerzos públicos y
     privados que tiendan a lograr el bienestar del anciano;

e)   Investigar los recursos humanos, materiales y económicos y legales a
     efectos de constatar las necesidades existentes para lograr los
     objetivos buscados;

f)   Evaluar la ejecución de los planes y proponer las medidas que sean
     consecuencia de la misma.
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