REGLAMENTACION DE LA EDICION, DISTRIBUCION Y VENTA DE LAS ESTAMPILLAS "TASA DE SERVICIOS REGISTRALES"




Promulgación: 27/07/1982
Publicación: 09/08/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 173

Artículo 5

   Encomiéndase a la Tesorería del Ministerio de Justicia, todo lo referente a la distribución, venta y futuras ediciones de la estampilla "Tasa de Servicios Registrales". La recaudación por la venta de
agentes, será efectuada, previa deducción de la comisión establecida en
el artículo 2º. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 578/985 de 11/10/1985 artículo 2.
Redacción dada anteriormente por: Decreto Nº 193/983 Derogada/o de 15/06/1983 
artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 193/983 de 15/06/1983 artículo 2, Decreto Nº 257/982 de 27/07/1982 artículo 5.
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