FIJACION DE TARIFAS DE TRANSPORTE TERRESTRE. JUNIO 1989




Promulgación: 31/05/1989
Publicación: 11/09/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Facúltase a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para determinar los valores máximos de tarifas en servicios suburbanos sobre la base del precio operativo del kilómetro recorrido en ómnibus el que se fija en N$ 367,80 (nuevos pesos trescientos sesenta y siete con 80/100) y de los diferentes coeficientes de ocupación que la citada Dirección asignará a cada tramo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
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