PRORROGA DE PLAZO PARA EL LLAMADO A INTERESADOS EN BRINDAR EL SERVICIO DE RADIODIFUSION DE TELEVISION DIGITAL COMERCIAL




Promulgación: 21/08/2013
Publicación: 28/08/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 503
VISTO: las solicitudes presentadas por la Unidad Reguladora de Servicios
de Comunicaciones (URSEC) y por la Comisión Honoraria Asesora
Independiente (CHAI), tendientes a prorrogar el plazo otorgado por los
numerales 19 y 20 del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por los
Decretos Nro. 437/12, de 31 de diciembre de 2012, y Nro. 144/13, de 9 de
mayo de 2013;

RESULTANDO: que por dicha normativa se otorgó a cada uno de esos
Organismos un plazo de 20 días hábiles para presentar sus respectivos
informes en el marco del llamado a interesados en brindar el Servicio de
Radiodifusión de Televisión digital comercial, con estación principal
ubicada en el Departamento de Montevideo;

CONSIDERANDO: que nada obsta para proceder en la forma impetrada, en
atención a la complejidad de la tarea encomendada;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Prorróganse los plazos otorgados a la Unidad Reguladora de Servidos de
Comunicación y a la Comisión Honoraria Asesora Independiente para remitir
las propuestas y los correspondientes informes (parte 1 y 2) al Poder
Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Industria Energía y Minería,
hasta el 30 de agosto de 2013.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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