El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el Decreto N° 251/014, de 1° de setiembre de 2014;
RESULTANDO: que el referido Decreto declaró promovidas al amparo del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, las actividades desarrolladas por los Centros de Servicios Compartidos;
CONSIDERANDO: I) que se entiende conveniente, en función de la relevancia que ha tenido el régimen para la creación de empleo de calidad y las capacidades de mano de obra nacional en base a la utilización de tecnologías de la información y la comunicación, extender siempre que se cumplan ciertas condiciones, el plazo de exoneración del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y del Impuesto al Patrimonio;
II) que se entiende necesario ajustar la definición de Centro de Servicios Compartidos, de forma tal de adecuarla a las últimas tendencias en la economía global en materia de producción de servicios;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, y a que se cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Aplicación a que refiere el artículo 12 de la Ley señalada;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 251/014 de 01/09/2014 artículo 1 inciso
2º), literales g), h), i) y j).