Visto: la necesidad de proceder al dictado de la reglamentación
prevista en el artículo 25 bis de la ley 14.157 (Orgánica de las Fuerzas
Armadas) de 21 de febrero de 1974, incorporado por la ley 15.420, de 27 de
junio de 1983.
Atento: a lo expresado y a lo establecido en el artículo 168 numeral 4
de la Constitución de la República.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Reglamento de Calificación y Ascensos para Oficiales de
los Cuerpos de los Servicios Generales Comunes a las Fuerzas Armadas, que
quedará redactado de la siguiente manera: (*)